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Artículo 5º. Todos los señores socios estarán obligados: 1º. A satisfacer en los ocho primeros días del mes la cuota de dos pesetas. 2º. A permanecer como mínimo un trimestre en la Sociedad, y obligándose los dos señores socios que le hayan presentado a abonar las dos mensualidades siguientes a la del ingreso en el caso de que el nuevo socio se negase a pagarlas. Como curiosidad, aquella temporada se unió brevemente como jugador del Athletic de Madrid Santiago Bernabéu: si bien no llegó a disputar ningún partido oficial ya que no se lo permitía la normativa de la época, sí llegó a jugar de rojiblanco un encuentro amistoso frente al Español Foot-Ball Club.